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Derechos y Deberes de las personas usuarias del Hospital Clínica Bíblica

 

De conformidad con lo que se establece en la Ley Nº 8239 Derechos y Deberes de las Personas Usuarias de los Servicios de Salud Públicos y Privados del dos de abril de dos mil dos.

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Derechos y Deberes

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Derechos

Derechos

  1. Recibir información clara, concisa y oportuna acerca de sus derechos y deberes, además de la forma correcta de ejercerlos.
  2. Ser informados del nombre, apellidos, grado profesional y puesto que desempeña el personal de salud que les brinda atención.
  3. Contar con la información necesaria y con base en ella brindar o no su autorización para recibir un determinado procedimiento o tra- tamiento médico.
  4. Recibir, sin distinción alguna, un trato digno: Respeto, consideración y amabilidad.
  5. Recibir atención médica con la eficiencia y diligencia debidas.
  6. Ser atendidos sin demora en situaciones de emergencia.
  7. Ser atendidos puntualmente a la hora establecida en la cita salvo situaciones justificadas de caso imprevisto o fuerza mayor.
  8. Negarse a que lo examinen o le administren tratamiento, salvo en situaciones excepcionales o de emergencia, previstas en otras leyes, en que prevalezcan la salud pública, el bien común y el derecho de terceros. En caso de ne- garse debe existir una constancia por escrito.
  9. Firmar el consentimiento informado para cirugía, anestesia u otro procedimiento y compromiso de acatamiento. Si el paciente está inconsciente, no puede expresar su voluntad o es menor de edad, un representante legal debe firmar en su lugar. Ver más...
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Deberes

Deberes

  1. Recibir información clara, concisa y oportuna acerca de sus derechos y deberes, además de la forma correcta de ejercerlos.
  2. Ser informados del nombre, apellidos, grado profesional y puesto que desempeña el personal de salud que les brinda atención.
  3. Contar con la información necesaria y con base en ella brindar o no su autorización para recibir un determinado procedimiento o tra- tamiento médico.
  4. Recibir, sin distinción alguna, un trato digno: Respeto, consideración y amabilidad.
  5. Recibir atención médica con la eficiencia y diligencia debidas.
  6. Ser atendidos sin demora en situaciones de emergencia.
  7. Ser atendidos puntualmente a la hora establecida en la cita salvo situaciones justificadas de caso imprevisto o fuerza mayor.
  8. Negarse a que lo examinen o le administren tratamiento, salvo en situaciones excepcionales o de emergencia, previstas en otras leyes, en que prevalezcan la salud pública, el bien común y el derecho de terceros. En caso de ne- garse debe existir una constancia por escrito.
  9. Firmar el consentimiento informado para cirugía, anestesia u otro procedimiento y compromiso de acatamiento. Si el paciente está inconsciente, no puede expresar su voluntad o es menor de edad, un representante legal debe firmar en su lugar. Ver más...
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